CC suspende frase del reglamento de Codisra que podría atentar contra la libertad de expresión

CC suspende frase del reglamento de Codisra que podría atentar contra la libertad de expresión

El monitoreo a medios de comunicación, impulsado por la presidencia de Bernardo Arévalo mediante el acuerdo 189–2024 quedó suspendido de manera provisional. La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió que la palabra “monitoreo” no debía estar vigente en el documento legal reformado por el Organismo Ejecutivo.

El Ejecutivo modificó las funciones de la Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo (Codisra), permitiéndole monitorear a medios de comunicación y presentar denuncias por posibles casos de discriminación y racismo contra pueblos indígenas.

Esta modificación no fue compartida por la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), quienes presentaron una acción de inconstitucionalidad que pedía la intervención constitucional porque, según su análisis, las modificaciones atentaban contra la libertad de expresión.

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El caso fue conocido este jueves 19 de diciembre en una sesión ordinaria de la CC, que analizó el caso y consideró oportuno suspender la frase “monitorear” del reglamento de Codisra, emitiendo una suspensión provisional por ahora de la medida.

La decisión de la CC fue unánime, por los magistrados titulares Néster Vásquez, Leyla Lemus, Dina Ochoa y Héctor Hugo Pérez Aguilera; junto a los suplentes Rony Eulalio López, Walter Paulino Jiménez y Luis Rosales.

La @CC_Guatemala suspendió provisionalmente un fragmento del acuerdo gubernativo 189 – 2024 de la presidencia de @BArevalodeLeon que atentaba contra la libertad de expresión. La decisión se da por una acción de inconstitucionalidad presentada por la @noticiasAPG@prensa_libre pic.twitter.com/QzZqZGNQwW

— Douglas Cuevas (@dcuevas_gtv) December 19, 2024

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