La CC mantiene aumento salarial para los diputados

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GuatemalaLa CC mantiene aumento salarial para los diputados

En su voto razonado, el magistrado Roberto Molina Barreto revela la fórmula para revertir el incremento: se debe impugnar el acta 21-2025 de la Junta Directiva del Congreso que materializó el incremento salarial .

Douglas Cuevas

11 de marzo de 2025

|

16:13h

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Durante febrero los diputados alcanzaron sueldos de Q66 mil 300 a Q97 mil 300, según la nómina de sueldos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El aumento de sueldo que se asignaron los diputados sigue vigente. La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó un recurso que buscaba suspender el incremento salarial, el cual pasó de Q9,550 a Q46,700 mensuales para cada legislador.

El pleno de magistrados rechazó una solicitud de debida ejecución, con la que se pretendía que se cumplieran las órdenes y condiciones establecidas en el amparo provisional que frenó el aumento salarial el 16 de diciembre. Sin embargo, la petición fue denegada debido a una serie de errores.

La solicitud presentada por la organización Acción Ciudadana (AC) pedía la intervención de la Corte contra el aumento de sueldo. No obstante, el amparo en el que se fundamentó la petición no guarda relación con la decisión sobre el incremento salarial.

El 4 de febrero, mediante el acta 10-2025, la Junta Directiva del Congreso acordó aumentar el sueldo de los diputados. Sin embargo, fue en el acta 21-2025, del 25 de febrero, cuando se materializó la decisión.

Lo anterior permitió que los legisladores comenzaran a recibir el nuevo sueldo desde febrero de 2025, lo que les otorga un salario base de Q46,700, además de las bonificaciones y privilegios económicos con los que ya contaban.

Otro de los errores señalados por la Corte al rechazar la debida ejecutoria es que AC no es parte del amparo cuestionado, es decir, no formó parte del recurso otorgado a favor del diputado José Chic.

El 16 de diciembre, la CC concedió un amparo provisional al diputado de Voluntad, Oportunidad y Solidaridad (VOS) y suspendió una serie de indemnizaciones previstas para cuando los diputados dejen el cargo, pero no se pronunció sobre el aumento de sueldo. Sin embargo, estableció una serie de pasos necesarios para autorizar el incremento.

En aquella resolución, la CC determinó que la Junta Directiva debía realizar las readecuaciones presupuestarias y someter la decisión al pleno del Congreso. No obstante, este último paso, pese a haber sido omitido por las autoridades del Legislativo, necesitaría ser impugnado de otra forma.

Justifica su voto

El magistrado Roberto Molina Barreto, titular de la Corte de Constitucionalidad (CC), explicó por qué no respaldó la debida ejecutoria y añadió que, hasta la fecha, no se ha impugnado el acta que materializó el incremento salarial de los diputados.

En su voto razonado, Molina Barreto expone los motivos por los que no apoyó la debida ejecutoria y considera necesario explicar su postura debido a la “trascendencia nacional” de la decisión tomada por los legisladores.

El magistrado detalló que, en el acuerdo 31-2024, que aprobó el presupuesto del Congreso y autorizó el aumento salarial, el pleno delegó a la Junta Directiva la tarea de realizar la readecuación presupuestaria.

Durante el análisis del amparo interpuesto por José Chic, la Corte no se pronunció sobre el aumento salarial, aunque estableció una serie de pasos a seguir, como trasladar nuevamente la discusión al pleno del Congreso. Sin embargo, este paso no se cumplió y, hasta la fecha, no ha sido impugnado.

“Se emitió una nueva disposición por la que se confirió el relacionado aumento salarial a los diputados al Congreso de la República, que consta en el punto segundo, literal A) del acta 21-2025 de la Junta Directiva, emitida el 25 de febrero del presente año; disposición que, al momento de emitir la resolución con la que concurro, no ha sido objeto de impugnación por acción constitucional alguna”, explica el voto.

Durante su argumentación, Molina Barreto también señala que, aunque ya se efectuó el pago con el aumento salarial para los diputados, si alguna parte decide impugnarlo, deberá hacerlo por otra vía y no mediante el mecanismo utilizado por Acción Ciudadana.

“Si bien actualmente se materializó el aumento salarial a los diputados del Congreso de la República, esa decisión, en todo caso, podría ser cuestionada por los sujetos legitimados, de estimarse que se incurrió en violación a derechos. Sería hasta ese entonces cuando, en todo caso, correspondería a este Tribunal hacer un análisis jurídico-constitucional sobre los procedimientos y la legitimación de la autoridad legislativa que asumió tal decisión, y no en el presente caso”, indicó.

El acta que oficializó el incremento salarial sin trasladar nuevamente la discusión al pleno del Congreso es la número 21-2025, emitida por la Junta Directiva, según detalla la resolución y el voto razonado de Molina Barreto.

El pasado fin de semana, el Congreso publicó su nómina de sueldos correspondiente a febrero, en la cual se registran los nuevos salarios de los diputados, que oscilan entre Q66,300 y Q97,300 mensuales. El salario más alto corresponde al presidente del Congreso, Nery Ramos.

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