Por monto o por porcentaje: continúa discusión sobre reajuste salarial en el pacto colectivo del magisterio
Los acuerdos para el aumento salarial entrampan la discusión del pacto colectivo con el magisterio. Aunque las negociaciones entre el STEG y el Mineduc tienen un avance del 85 %, de acuerdo con fuentes informadas, no hay una fecha definida para concluir las reuniones. Si el aumento será porcentual o por monto fijo es el tema que se discute desde noviembre.
El 24 de julio de 2024 se acordó que los artículos del nuevo pacto colectivo del magisterio que tienen un impacto económico quedarían al final de la negociación. Para noviembre, las actas de las reuniones, a las que Prensa Libre tuvo acceso por medio de una solicitud de información pública, evidencian que las discusiones se han centrado en la fórmula del incremento para los maestros, si por porcentaje o por un monto fijo.
En el pacto colectivo aún vigente se establece un 3% sobre el salario base de los maestros, aplicable para 2023. El monto y la forma en que se hará es lo que sigue en discusión entre el Ministerio de Educación (Mineduc) y el Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG), según una fuente cercana a la negociación.
Para María Isabel Bonilla de Anzueto, analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), cualquier decisión sobre un reajuste salarial debe estar vinculada con el buen desempeño del maestro.
Discutir un aumento salarial en un pacto colectivo de condiciones de trabajo sin establecer requisitos para dicho ajuste “es tomar una decisión contraria a lo que esperamos: que el salario tenga relación con el rendimiento del docente en el aula”, afirmó Bonilla. Añade que la discusión sobre si el reajuste debe ser por porcentaje o por monto fijo pasa a un segundo plano.
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La analista mencionó que toda política de aumento debe estar vinculada con la capacidad del Estado para financiarlo, pues esto también impacta en las clases pasivas.
“Los pactos se vuelven un medio de lucha política en donde, al final, se piensa en el docente, pero no en el alumno como el verdadero centro del sistema educativo. Si esta discusión se hace sin bases para otorgar el aumento, los pactos colectivos se impondrán sobre las políticas educativas, sobre las leyes vigentes, y quedaremos sometidos a la capacidad de negociación de los sindicatos”, agregó.
Reajuste salarial
En el acta 31, del 13 de noviembre, se detalla que el abogado Luis Felipe Leiva, asesor del Mineduc, explicó la “imposibilidad jurídica” para otorgar un aumento como proporción del salario vigente, debido las regulaciones del Acuerdo Gubernativo 312-2023. Este documento señala que, en el tema de pactos y convenios colectivos, se prohíbe negociar beneficios económicos en porcentaje sobre el salario inicial en relación con los pactos colectivos.
La opción sería proponer montos específicos para que todos los trabajadores sean beneficiados por igual, según indicó la fuente cercana a la negociación.
Añadió que, cualquiera que sea la decisión, debe considerarse que el reajuste salarial no solo involucra al Mineduc, sino que también requiere el aval del Ministerio de Finanzas para garantizar que haya capacidad financiera para cumplir con los compromisos pactados.
En los documentos se planteó al STEG la posibilidad de presentar una contrapropuesta sobre los artículos que han dificultado el avance de la discusión por su impacto económico en el presupuesto de la cartera, así como una hoja de ruta para continuar con la negociación.
De acuerdo con la fuente consultada, durante diciembre no se discutió el incremento salarial más allá de lo que se muestra en las actas a las que Prensa Libre tuvo acceso. Sin embargo, considera que hasta la tercera semana de marzo de 2025 los acuerdos con el STEG habrán avanzado en un 85%, y que no existe un plazo definido para concluir la discusión del pacto colectivo.
Puntos de discordia
Las actas de las reuniones celebradas entre el 11 de septiembre y el 18 de diciembre de 2024 evidencian los puntos que han ralentizado la negociación.
Los temas que impactan el presupuesto del Mineduc son los que más han retrasado la discusión, según han indicado las autoridades. En la lista figuran el artículo 60, inciso c), que establece la ampliación del programa de solidaridad magisterial. El artículo 63 sobre sobre la indemnización post mortem. Los artículos 64 y 65 que regulan el ajuste y cálculo del aumento salarial, respectivamente, y el artículo 67 que se refiere a la bonificación anual.
Existen otros puntos que, aunque no afectan el presupuesto, también han obstaculizado el avance de la discusión. Un ejemplo es el artículo 27, que regula los descansos por maternidad y establece que las trabajadoras gozarán de 10 días adicionales de reposo. Sin embargo, la expresión “en coordinación con el STEG”, incluida en la disposición, ha impedido su aprobación.
El Mineduc argumentó que, redactado de esa manera, el artículo otorga al sindicato atribuciones en asuntos administrativos que son competencia exclusiva de la cartera. Por esta razón, la discusión del punto se ha postergado desde abril y se ha solicitado a los sindicalistas que presenten una propuesta de redacción alternativa.
El Seguro Médico Escolar, que fue suspendido en febrero de 2024, es otro de los temas en discordia. Los representantes del ministerio argumentan que este fue sustituido por el Programa de Salud Escolar, por lo que ya no debe figurar en el pacto colectivo. Sin embargo, el STEG ha reiterado que debe mantenerse tal como está redactado en el artículo 20 del pacto colectivo vigente. La falta de consensos ha postergado en varias ocasiones la redacción final.
Desde el 6 de marzo, el Mineduc solicitó a los representantes sindicales presentar la documentación que confirme que el STEG es el sindicato mayoritario, un requisito que se demandaba en cada reunión. La constancia fue presentada hasta el pasado 18 de septiembre.
Salarios vigentes
El sueldo básico mensual para el nivel de educación pre-primaria y primaria se estableció en Q4 mil 338. Mientras que los especializados en Educación Rural reciben Q4 mil 270, y los catalogados como empíricos Q4 mil 232. Estos puestos tienen adicional el porcentaje escalafonario, con base en el acuerdo gubernativo 314-2023 que fija los salario para el magisterio nacional.
Para los docentes que ocupan puestos de Director Profesor Titulado en la primaria el salario inicial mensual es de Q4 mil 232, y no tienen derecho al porcentaje escalafonario. Los que imparten a tiempo completo Educación Física el sueldo es de Q 4 mil 606, y los de telesecundaria en renglón 022 reciben Q3 mil 307. En tanto, los que están en renglón 021 el salario es acorde al número de horas trabajadas y el puesto que ocupen, este va de Q1 mil 527 a Q4 mil 259.
La CC está por resolver la confidencialidad
La negociación del pacto colectivo del magisterio se ha mantenido en secreto desde que el Mineduc y el STEG comenzaron a negociar el 6 de marzo de 2024. Ha pasado un año, y lo poco que se conoce proviene de las actas que se levantan después de cada reunión.
En noviembre pasado, el Movimiento Cívico Nacional (MCN) presentó una acción de inconstitucionalidad en la Corte de Constitucionalidad (CC) contra la confidencialidad del pliego de peticiones del pacto colectivo, al considerar que vulnera los principios constitucionales de publicidad y transparencia.
“Nos preocupa que desde el inicio de la negociación los ciudadanos no hemos tenido información certera sobre cómo se utilizarán los recursos públicos y cómo el Ministerio de Educación atenderá el pacto colectivo. Hemos visto que allí se aprueban aumentos y reajustes que terminan siendo privilegios para la cúpula sindical”, señaló Christa Walter, de MCN.
El pasado febrero, la organización participó en una vista pública en la que expuso sus argumentos contra la confidencialidad del pacto colectivo del magisterio, recordando que todos los actos de la administración son públicos, como establece el artículo 30 de la Constitución de la República.
Los magistrados se encuentran en la fase de dictar sentencia sobre la acción legal presentada por MCN, según informó el Departamento de Comunicación de la CC.