Nueva clasificación de basura en Guatemala: estos son los 10 puntos clave que debe saber
El reglamento para la separación de residuos y desechos sólidos comunes en Guatemala está a punto de entrar en una nueva fase.
A partir del 11 de febrero del 2025, la clasificación pasará de dos a tres categorías: orgánica, reciclable y no reciclable.
Este cambio busca mejorar la gestión de los desechos y su adecuado tratamiento en todo el país.
La normativa establece lineamientos clave, como la responsabilidad de las municipalidades en su aplicación, y que los ciudadanos deben clasificar los residuos y la identificación de los desechos.
Aunque las multas están contempladas en el reglamento, aún no se aplicarán debido a la falta de normativas municipales.
Clasificación de desechos
Estos son los 10 puntos claves de la normativa:
1. Entrada en vigencia
Desde el 2021 estaba vigente la clasificación primaria, que consistía en orgánico e inorgánico, pero debido a una reforma en el 2023 se estableció que la clasificación secundaria, que pronto entra en vigencia, se aplazaría por 42 meses.
El artículo 3 del acuerdo más reciente (184-2023) estableció que el reglamento para la separación de los residuos y desechos sólidos comunes entraría en vigencia en 42 meses, los cuales se cumplen el martes 11 de febrero del 2025, que es cuando entra en vigencia la clasificación en tres segmentos: orgánica, reciclable y no reciclable.
2. Trabajo conjunto con las municipalidades
La normativa, en su artículo 4 establece que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (Marn) deberá coordinar con las municipalidades el trabajo para el cumplimiento del reglamentos y sus normas.
Por tanto, según Doris Estrada, de la organización Ecoins Guatemala, los guatemaltecos deben estar al pendiente de la comunicación de sus municipalidades, porque pueden definir sus propias disposiciones a nivel local.
Por ejemplo, según Estrada, la comuna de Villa Nueva acordó que no aceptará cajas, sino solo bolsas para la recolección.
“Puede ser que alguna municipalidad decida fijar una norma específica adicional al acuerdo para estandarizar la recolección del municipio”, explicó.
3. Diferencia entre clasificación primaria y secundaria
El artículo 12 del reglamento define:
Clasificación Primaria
Orgánico
Inorgánico
La Clasificación Secundaria, que entrará en vigencia este 11 de febrero, consiste en tres segmentos:
Clasificación Secundaria
Orgánico
Reciclable (papel y cartón, vidrio, plástico, metal, multicapa)
No reciclable
4. Procedimientos para almacenamiento temporal
El artículo 14 comprende cinco incisos que establecen normas mínimas para los espacios o sitios destinados al almacenamiento temporal, contenedores y la infraestructura destinada al almacenamiento temporal. Por ejemplo, los espacios de recolección en un condominio o en edificios.
Una de las normas que se deben cumplir es que estos espacios de almacenamiento deben estar separados conforme a la clasificación secundaria.
Se deben garantizar las condiciones físicas y ambientales para minimizar la probabilidad de interacción de vectores con los residuos y desechos sólidos comunes.
Estos espacios destinados al almacenamiento temporal deben ser de fácil acceso, en función de las rutas y horarios establecidos para la recolección.
Su ubicación y localización no deberá representar un riesgo de contaminación de las fuentes de abastecimiento de agua, ni la superficie del suelo.
5. Íconos para identificar la basura
El reglamento no exige el uso de bolsas o recipientes específicos; sin embargo, sí demanda entregar los residuos clasificados según las tres categorías establecidas y tenerlos bien identificados.
El artículo 13 del reglamento se refiere al uso de una tipificación iconográfica, que no es más que utilizar tres íconos distintos para diferencias las tres categorías en que se deben dividir los residuos.
El uso de estos íconos se estableció en la “Guía de Tipificación Iconográfica de los Residuos y Desechos Sólidos”, que creó el Marn, y explica el uso de íconos y tres colores distintivos.
Así se distinguen las tres clasificaciones con sus respectivos íconos, según el manual:
6. Normas para los recipientes o contenedores
El artículo 16 establece las normas para los contenedores que se utilicen temporalmente. Esto se refiere a, por ejemplo, los basureros en espacios públicos, como en centros comerciales y edificios, donde los visitantes hacen depósitos.
Estos también se consideran temporales, que luego irán a los almacenamientos más grandes donde se reúne todo el volumen acumulado en los contenedores.
Básicamente las normas mínimas son, al igual que las bodegas o depósitos mayores, que los contenedores estén construidos de materiales sólidos y resistentes a la corrosión.
Su diseño también deberá facilitar su uso y mantenimiento; especialmente las tareas de limpieza y lavado periódicas. Deben instalarse recipientes o compartimentos separados para cada categoría de separación establecida para los residuos y desechos sólidos comunes generados en las áreas públicas o privadas, según sea el caso.
Deben estar claramente identificados, incluyendo ayuda de los íconos anteriormente descritos.
7. Compostaje
El artículo 27 permite a los hogares recuperar materiales orgánicos de los residuos sólidos para hacer compostaje de uso personal. No obstante, prohíbe su comercialización sin las autorizaciones legales correspondientes.
8. Sanciones
El artículo 54 establece que se sancionará con multa de uno a 40 salarios mínimos mensuales por cada incumplimiento a los compromisos ambientales, los cuales se determinarán de conformidad con los parámetros establecidos por el Marn.
Sin embargo, según la institución, por ahora no habrá multas para quienes incumplan.
El Marn explicó que las municipalidades son las encargadas de sancionar, pero la mayoría aún no tiene la normativa necesaria para hacerlo. Mientras trabajan en ello, el Marn les dará acompañamiento sin un plazo definido.
Aunque la clasificación es obligatoria, las sanciones dependerán de cada municipio y solo 34 han desarrollado el plan requerido. La implementación del reglamento sigue en pie, pero sin penalizaciones inmediatas.
9. Responsabilidad empresarial
Según el artículo 59, se promoverá que las empresas y corporaciones, como parte de sus programas de responsabilidad ambiental empresarial, coadyuven en los aspectos educativos en materia de residuos y desechos sólidos comunes.
10. Coordinación entre ministerios
Los ministerios de Ambiente y Salud deberán coordinar la homologación de sus sistemas de información para consolidar datos y optimizar sus funciones.
Podrán crear instrumentos conjuntos para recolectar información y solicitar datos a las entidades reguladas. Además, compartirán registros cada seis meses en formato digital si no logran enlazar sus sistemas.
Lea también: Clasificación de basura en Guatemala: 10 preguntas y respuestas sobre la normativa que entra en vigor el 11 de febrero