Inicia el plazo para designar el directorio de la Superintendencia de Competencia

Inicia el plazo para designar el directorio de la Superintendencia de Competencia

Inicia el plazo para designar al Directorio de Competencia. Foto La Hora: Daniel Bone en Pixabay

El presidente Bernardo Arévalo, los diputados del Congreso de la República y la Junta Monetaria (JM) deben designar a los titulares y suplentes que conformarán el primer directorio de la Superintendencia de Competencia.

Desde el 1 de enero de 2025 inició el plazo para que las autoridades nominadoras elijan a las personas que integrarán esta instancia. El tiempo máximo para este proceso es de 120 días y el directorio tomará posesión en forma inmediata.

Luego de tomar posesión, el directorio deberá elegir al Superintendente, proceso para el cual habrá un plazo de 120 días.

Las autoridades nominadoras deberán convocar con 90 días de anticipación a la fecha establecida para la nominación. 

El anuncio deberá publicarse en el Diario de Centro América. 

ASÍ SERÁ EL PROCESO DE ELECCIÓN

La ley establece que los aspirantes deben someterse a un examen de oposición. Esta evaluación será realizada por una institución de educación superior que tenga prestigio internacional en materia de competencia.

Asimismo, las entidades nominadoras serán las encargadas de pagar el examen. 

De esto quedará constancia, ya que se hará conforme la Ley de Contrataciones del Estado en el artículo 44 sobre “casos de excepción”.

Además, las entidades nominadoras quedan obligadas a publicar en sus portales electrónicos, los documentos relacionados con el proceso de oposición, como resultado de exámenes, hojas de vida de los aspirantes y sus planes de trabajo, etc.

También se deberá publicar en el Diario de Centro América el listado de aspirantes y de los candidatos seleccionados.

El directorio será conformado de la siguiente manera:

Titular y suplente designado por el presidente de la República
Titular y suplente designado por el pleno del Congreso de una lista de seis candidatos propuesta por la comisión de Economía y Comercio Exterior
Titular y suplente designado por la Junta Monetaria.

Los aspirantes a directores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Ser guatemalteco
Ser de reconocida honorabilidad y capacidad profesional
Encontrarse en el goce de sus derechos civiles y políticos
Ser profesional y colegiado activo
Acreditar de manera satisfactoria los conocimientos necesarios para el ejercicio del cargo
Cumplir con lo establecido en la Ley de Probidad y Responsabilidades de los Funcionarios y Empleados Públicos.

La Ley de Competencia, Decreto 32-2024, fue aprobada de urgencia nacional el 20 de noviembre de 2024 con 122 votos.

Luego de ser publicada en el Diario Oficial, varios de los artículos de la ley entraron en vigencia el 1 de enero de 2025, otros hasta el 2026.

Esta ley permite la creación de una autoridad (directorio y superintendente) para promover la competencia en el mercado y prevenir prácticas anticompetitivas de algunas empresas.

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